Aspectos importantes del alquiler de viviendas

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A la hora de poner tu vivienda en alquiler debes tener en cuenta algunos datos importantes sobre el sector. España, tradicionalmente es un país de propietario, ya que el 84% de la población dispone de una vivienda en propiedad frente al 16% que no dispone de ninguna. Además, el 12% tiene dos viviendas, el 3% tres y el 1% más de tres.

El 78% de los propietarios dedica su vivienda a residencia habitual, el 11% a segunda residencia y el 7% a alquiler. El 4% de las viviendas están vacías. Sin embargo, la demanda de alquiler ha superado al de la compra en los últimos años: un 14% frente a un 10%.

Los propietarios a veces son reacios a poner su vivienda en alquiler por el miedo a que el inquilino no pague la renta, por posibles destrozos en su casa, etc. Pero si se hacen bien las cosas no tiene por qué suceder nada de esto. Vamos a dar unas recomendaciones para que el alquiler de una vivienda se desarrolle sin problemas.

Consejos para alquilar tu vivienda de forma segura

 

  • Selección del inquilino: es uno de los puntos más importantes y merece la pena ponerse en manos de profesionales para que la elección sea la correcta. Mediante un pequeño estudio del inquilino se puede saber si ha tenido problemas con otros propietarios anteriormente, si tiene solvencia económica o si lleva una vida ordenada y no va a tener problemas con los vecinos.
  • Fijar un buen precio: haz un estudio de mercado, compara alquileres de la zona con viviendas parecidas a la tuya, investiga si hay muchos pisos en alquiler, la demanda que hay, etc. Todos estos datos te ayudarán a establecer un precio que atraiga a los interesados.
  • Conoce la normativa legal vigente: en este aspecto, la ayuda de un profesional puede ser interesante, sobre todo a la hora de redactar el contrato de arrendamiento e introducir las cláusulas que velen por tus intereses. Un especialista en el sector sabe los últimos cambios legales para que el contrato cumpla con todos los requisitos.
  • Duración del contrato: los seis primeros meses son de obligado cumplimiento para el inquilino, después se puede pactar por ambas partes la duración. Si después de tres años ninguna de las partes notifica con al menos 30 días de antelación que no quiere prorrogar el contrato, entonces se renovará un año más automáticamente.
  • Pago de la renta: se hará en los primeros siete días de mes y se revisará según lo pactado. En el contrato debe especificarse quién paga los suministros de la vivienda.

Para evitar sorpresas, un experto en alquileres le aconsejará contratar un seguro de impagos por si el inquilino no paga la renta, lo que se conoce por contratat un alquiler seguro. De esta forma estará completamente cubierto a nivel legal y recibirá puntualmente las cuotas de alquiler hasta que se resuelva el conflicto.

 

Los alquileres turísticos ¿es una buena opción para mi vivienda?

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En la administración de vivienda, el alquiler es una de las fórmulas más explotada por tres vías diferentes: la residencia habitual, residencia temporal y el uso turístico. Cada modalidad es diferente y está sujeta a distintas leyes y trato fiscal. El alquiler como residencia habitual ofrece una rentabilidad del 4,6% según el Banco de España, un dato muy superior a la mayoría de productos financieros existentes en la actualidad, pero las otras opciones tampoco son malas y es necesario conocerlas bien.

En los últimos años, han aparecido otras fórmulas atractivas para los propietarios, sobre todo en ciudades como Madrid y Barcelona como son el alquiler temporal y el turístico. Esta última ha irrumpido con fuerza por la interesante fuente de ingresos que proporciona y la buena acogida del público.

Dependiendo del tipo de vivienda, su ubicación o el tipo de rentabilidad que busque el propietario (si busca alta rentabilidad a corto y medio plazo o un beneficio sostenible en el tiempo), se puede optar por un tipo de alquiler u otro. Lo más recomendable es ponerse en manos de un profesional para que asesore convenientemente al cliente sobre la legislación al respecto y los pros y contras de cada modalidad.

Alquileres turísticos

En el caso de las viviendas turísticas, por ejemplo, hay una normativa que limita el plazo mínimo de alquiler en cinco días. Una medida que no ha gustado demasiado y que puede ser perjudicial para los propietarios ya que no pueden alquilar para estancias de fin de semana y supone, según muchos expertos, un guiño al sector hotelero para que no pierdan su cuota de mercado.

La elevada rentabilidad es la gran ventaja de este contrato que oscila entre el 5% y el 30%, aunque según los especialistas, la regulación poco sólida y la limitación de cinco días para alquilar son aspectos que echan para atrás a muchos propietarios. Además, es un régimen que aporte beneficios altos pero con riesgo, ya que siempre hay meses que no se logra alquilar el inmueble. Los profesionales recomiendan optar por un modelo híbrido de alquiler turístico durante tres meses al año y alquiler temporal el resto.

Otro aspecto negativo del alquiler turístico son los elevados impuestos que se pagan y la fiscalidad. Ni el propietario ni el inquilino se benefician de incentivos fiscales y los propietarios tienen que tributar sobre los ingresos obtenidos (un 21% de IRPF y un 10% de IVA) porque se considera que es una actividad empresarial. Además, el propietario debe darse de alta como autónomo o constituirse como persona jurídica.

Con estos datos, los propietarios deben tomar una decisión importante a la hora de alquilar su vivienda. Si deciden el alquiler turístico pueden obtener muchos beneficios, pero solo le saldrá rentable si consigue alquilar su vivienda continuamente, algo que está al alcance de muy pocos.

Consejos para encontrar tu alquiler perfecto

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Encontrar la vivienda perfecta no siempre es fácil porque cada persona tiene unas necesidades, unos gustos y unas exigencias que no siempre pueden ser satisfechas, por eso es necesario contar con la mejor agencia de alquiler seguro para que nos ayude en esa difícil tarea. Con la ayuda de la agencia será mucho más la administración de la vivienda, pero también debemos tener algunas cosas en cuenta. Si seguimos estos pasos seguro que encontramos la casa de nuestros sueños:

La ubicación

Debemos estar a gusto con la zona donde vayamos a elegir nuestra casa, ya sea un barrio, zona residencial o pueblo. Es fundamental que vivamos en un lugar que tenga todos los servicios que necesitamos: colegios, parques, transportes, etc.

Respetar nuestro presupuesto

A veces vemos una casa y sentimos un flechazo instantáneo por ella, ya sea por su terraza, sus vistas, etc, y nos olvidamos que tenemos un presupuesto y no podemos excederlo. El coste del alquiler nunca debe superar el 30% de nuestro sueldo si no queremos tener problemas en el futuro.

Tenemos que visitar la casa

Muchas veces vemos fotos de la casa y pensamos que es suficiente para tomar una decisión sin haberla visitado. Este es un gran error, ya que una foto nunca da una información real del estado de la casa. Nunca debemos soltar dinero o firmar nada sin antes visitar el inmueble.

Tener clara la legislación vigente

Cuando alquilemos nuestra casa debemos saber cuándo se puede ir un inquilino si así lo desea. Tienes que saber si eres propietario que después de los primeros seis meses de contrato, el inquilino puede irse siempre que avise con una antelación de treinta días.

Facturas

El pago de facturas en un piso de alquiler hay que pactarlo entre el arrendador y el arrendatario, de ahí la importancia de plasmarlo por escrito en el contrato. Lo normal es que el inquilino pague todos los suministros y el propietario las cuotas de la Comunidad.

Redactar un inventario

En el inventario debe aparecer todo lo que hay en el piso el día de la firma del contrato. De esta forma, cuando el inquilino devuelva las llaves se comprobará lo que falta o si algo se ha roto para que el propietario pueda descontar los daños de la fianza.

Redactar el contrato con un profesional

Este punto es muy importante ya que no somos profesionales del sector y no conocemos todas las cláusulas que pueden introducirse para que el contrato sea lo más justo posible y sea acordado por las partes. Un buen profesional te asesorará sobre qué tipo de cláusulas se pueden poner o no y cuáles nos pueden beneficiar. Una vez firmado el contrato también nos puede hacer un seguimiento del mismo solucionando cualquier problema que pudiera darse.

Con estos sencillos consejos estamos seguros de que no habrá  ningún problema a la hora de alquiler una vivienda y se evitarán muchos conflictos.

¿Qué alquilan los Milenialls?

que alquilan los milenials

El alquiler de pisos en Madrid para los llamados “Millenials” (jóvenes nacidos entre 1981 y 1995) es muy diferente a los pertenecientes a otras generaciones. Según un estudio realizado por la Red de Intermediación Inmobiliaria “Century 21”, el 81% de estos jóvenes alquila pisos cuya renta mensual oscila entre los 400 y los 1000 euros. Son eminentemente urbanos y prefieren vivir en el centro de la ciudad con todos los servicios cercanos y buenas conexiones de transporte.

A pesar de ser la generación más preparada de la historia y de haber nacido en la revolución digital, también es la que ha accedido al mercado laboral más precario debido a la reciente crisis económica, por tanto, tienen poco poder adquisitivo y no pueden hacer planes a largo plazo.

Su acceso a la vivienda viene dominado por el alquiler de viviendas, sobre todo para poder independizarse de sus padres, aunque no descartan la compra y la inversión a largo plazo. La vivienda que buscan para alquilar suele ser de segunda mano, que esté reformada y bien equipada, preferentemente en los centros urbanos, con todos los servicios necesarios cerca y la oferta de ocio de la ciudad en un radio donde se pueda llegar andando.

Según vaya envejeciendo, esta generación se irá desplazando hacia zonas residenciales y zonas periféricas de la ciudad que tengan un buen transporte público y todos los servicios que tenían en la zona céntrica.

Relación con los asesores inmobiliarios

Los “Millenials”, como hemos dicho, se mueven como pez en el agua en la vorágine de la revolución industrial y llevan a cabo la mayoría de sus gestiones a través de sus smartphones mediante búsquedas sencillas.

El asesor inmobiliario ha pasado a ser una figura cada vez más reconocida a la hora de alquilar una vivienda, ya que se puede encontrar fácilmente por Internet, de ahí que los “Millenials” puedan acceder a un agente inmobiliario con más facilidad y no dudan en contratar sus servicios para que los acompañe en todo el proceso de búsqueda de vivienda, firma y seguimiento del contrato. Quieren a alguien que resuelva todas sus dudas y les proteja contra cualquier problema o contratiempo que pueda suceder durante las gestiones.

Este grupo generacional dentro de unos años serán la principal fuerza económica de España y es importante conocer sus particularidades, en especial las relacionadas con el alquiler de pisos y su manera de acceder a la vivienda.

 

Alquilar tu piso para no arruinarte

Alquilar tu piso para no arruinarte

El miedo a los impagos y los posibles destrozos del inmueble son las principales razones por las que un propietario puede tomar la decisión de no poner en alquiler su vivienda. Lo que realmente buscan los propietarios es un alquiler garantizado y tampoco es una utopía si se toman las decisiones adecuadas.

Impagos

Si el inquilino no paga el alquiler hay distintos procedimientos que se pueden llevar a cabo, como requerimientos por escrito después del primer mes del impago. Sin embargo, ese tipo de procedimiento es aconsejable hacerlo siempre con el respaldo de un profesional experto en la materia. También hay veces que hablando con el inquilino se puede llegar a un entendimiento sin necesidad de recurrir a la justicia.

Garantías que se le pueden exigir a un inquilino

Además de la nómina y el contrato laboral, también se le puede pedir un aval o un depósito. El aval suele tener un año de duración y sería una entidad financiera la que se encargaría de pagar la renta en caso de impago. El depósito es un ingreso de un determinado número de meses de alquiler como garantía por impago. Otra opción es contratar un seguro de impagos que ofrecen las agencias especializadas y que se encargarían de pagar al propietario hasta la resolución judicial del caso.

Subidas de la renta anual

En los cinco primeros años de contrato la ley indica que se puede aplicar la variación del IPC, que puede subir o bajar la renta dependiendo de cada año. A partir del sexto año las subidas se pactarán entre el propietario y el inquilino, pudiendo negociar ambos las cuotas mensuales a pagar durante el año en curso.

¿Un contrato firmado por el casero y el inquilino es legal?

La LAU da validez a estos contratos, incluso a los verbales, aunque no es aconsejable por los problemas que pueden ocasionar en el futuro. Lo mejor para el propietario es confiar la redacción del contrato a un profesional que introduzca las cláusulas pertinentes en base al tipo de inmueble y a las necesidades del propietario. También es aconsejable que un profesional lleve a cabo el seguimiento durante la vida útil del contrato.

¿Quién paga los suministros de la casa?

En muchos alquileres el agua se incluye en la renta y en otros lo paga el propietario porque va incluida en la cuota de la comunidad de propietarios. Son aspectos que se pueden negociar entre el propietario y el inquilino. Sin embargo, el suministro de luz y gas suele pagarlo el inquilino, ya que son consumos totalmente individualizados y que corresponde abonar a la persona que vive en el inmueble.

¿Piso amueblado o sin amueblar?

Los expertos aconsejan alquilar el piso sin amueblar, es decir, solo con los sanitarios y los electrodomésticos de la cocina. Las necesidades del inquilino pueden ser muy variopintas y pueden cambiar los muebles existentes o incluso traer su propio mobiliario de su anterior vivienda. En tiempos de crisis, también puede suceder que haya inquilinos que se adapten a los muebles de la vivienda para evitar una inversión en el mobiliario de la casa.

¿Se puede incrementar la renta por una vivienda amueblada?

Si los muebles son nuevos se podría aumentar la renta en un 5%, aunque se aconseja elaborar un inventario antes de alquilar el inmueble. Si los muebles son viejos no supone un incremento de la cuota, ya que el propio inquilino podría solicitar su retirada para poner sus propios muebles.

Esperamos con estas respuestas arrojar un poco de luz a las dudas de muchos propietarios a la hora de poner en alquiler sus viviendas.

¿Cuánto cuesta realmente un piso en Madrid?

Cuánto cuesta realmente un piso en Madrid

En 2017, el alquiler de inmuebles en Madrid se incrementó debido a la progresiva ascensión del coste del metro cuadrado que, como media, se situó en 13,1€. Este crecimiento desmedido ha afectado directamente a las rentas mensuales de alquiler y lo cierto es que únicamente atiende a la ley de la oferta y la demanda, en un sector cada vez más condicionado por el alquiler de viviendas turísticas.

Claves en la subida de precios

La escasa oferta de viviendas en alquiler y la creciente demanda han encarecido el sector, de tal forma que en algunos distritos de la capital se ha llegado a subir de 600 a 750 euros la renta mensual. Esta situación, un tanto descontrolada, ha originado la desorientación tanto de propietarios como inquilinos, unos para aumentar el rendimiento de sus inmuebles y otros para evitar pagar precios excesivos.

Sin embargo, los profesionales del sector ven normal este incremento de precios, dado el progresivo aumento de los alquileres en España de un 10% a un 20% en los últimos años, algo que nunca había sucedido en un país donde la propiedad sigue siendo la primera opción a la hora de acceder a la vivienda.

Las zonas céntricas son las más caras, más aún por la competencia con el alquiler turístico. Sin embargo, a medida que nos alejamos del distrito centro, los precios tienden a regularizarse. En el distrito Centro el metro cuadrado vale 15,7 euros, 15,1 en Chamberí, 13,8 Salamanca y 13,1 Moncloa-Aravaca.

Los distritos más baratos son Villaverde (6,9), Vicálvaro (7,5) y Puente de Vallecas (7,6). De los 21 distritos madrileños, ocho están por encima del listón de los 1.000 euros mensuales y otros ocho se mueven entre 500 y 700 euros. Las rentas se incrementaron en el último año hasta un 24,1% en Chamberí y un 23,6% en el distrito Centro. En Villaverde y Vicálvaro aumentaron un 6,1% y un 8,6%

Factores condicionantes para fijar un precio de renta

No hay que olvidar que fijar un precio correcto en la renta de alquiler, según las fluctuaciones del mercado, permite alquiler más rápido y obtener rentabilidad cuanto antes. Hay que tener en cuenta estos factores:

  • Llevar a cabo un análisis de la oferta y la demanda de la zona
  • Considerar las características de la vivienda como aislamiento y  calificación energética.
  • Si no se tienen los conocimientos necesarios es mejor contar con los servicios de un profesional del sector para tener todas las garantías.

Los expertos señalan que la administración debe encontrar el punto de equilibrio en el sector para que los precios no se disparen. Para ello deberían crear más incentivos para el alquiler, por ejemplo con beneficios fiscales, tanto para propietarios como inquilinos que cumplan la ley.

Los nuevos contratos de arrendamiento ya se están firmando con las subidas que se han producido en los últimos meses, sin embargo, los inquilinos que ya tienen contratos antiguos experimentarán una subida más moderada, según el IPC.

Una vez concluido el contrato, si se acuerda una prórroga tácita, la renta inicial debe ser respetada, aunque el propietario siempre puede resolver el contrato anterior y redactar uno nuevo con la nueva renta que estime oportuno.

Visite estos enlaces si esta pensando en alquilar un inmueble en Madrid:

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Qué piden para alquilar un piso: todo lo que debes saber

A la hora de alquilar un piso, tanto inquilinos como propietarios, si es la primera vez que lo hacen, se plantean la misma pregunta.

¿Qué es lo que se necesita para alquilar un inmueble?

Muchas son las dudas al respecto y creemos que es necesario aclarar punto por punto cada aspecto legal para contestar de la mejor manera posible. Aquí exponemos todo lo que la normativa legal vigente exige al inquilino y propietario en un contrato de alquiler seguro:

  • Documentación: el DNI o pasaporte del inquilino, así como del propietario, es imprescindible para formalizar un contrato de alquiler. Y no solo eso. También es necesaria la documentación de las personas que van a vivir en la vivienda.
  • Documentación laboral: otra de las preocupaciones de los propietarios es conocer la situación laboral de los candidatos, si están trabajando o en el paro y si pueden asumir sin problemas el pago de la cuota mensual de alquiler. Para resolver estas preguntas lo más habitual es pedir el contrato de trabajo actual, la nómina y los movimientos bancarios, así como un certificado de no incidencias bancarias, donde se muestra que no han existido descubiertos ni incidencias de impago en la cuenta.
  • Referencias del inquilino: el propietario puede pedir al futuro inquilino referencias de caseros anteriores para comprobar que no ha ocasionado ningún pr
  • Fianza y renta: una vez formalizado el contrato de alquiler, el inquilino deberá pagar la fianza legal correspondiente, que normalmente suele ser una mensualidad de renta. Esta se depositará en el organismo correspondiente de cada Comunidad Autónoma. Además, deberá abonar el mes por adelantado cuando reciba las llaves y, si ha contratado los servicios de una agencia inmobiliaria, pagar sus honorarios.

Estos son los principales aspectos legales que tanto propietarios como inquilinos deben tener en cuenta a la hora de firmar un contrato de alquiler. Pero, sin lugar a dudas, lo mejor para ambas partes será contar con los servicios de verdaderos profesionales del sector que asesoren convenientemente a unos y a otros para llegar a acuerdos y que ambos salgan beneficiadas. Se trata de una inversión en tranquilidad y seguridad para que todo se desarrolle por los cauces legales correspondientes.

Estos enlaces pueden ser de utilidad, si esta pensando en alquilar un inmueble ó vivienda:

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Perfil de los inquilinos que viven de alquiler

Perfil de los inquilinos que viven de alquiler

Perifil del inquilino español

Recientemente se ha publicado la sexta edición del “Perfil del Inquilino en España”, elaborado por “Alquiler Seguro”, donde se ha hecho hincapié en la tipología del inquilino más común en España. En un rápido resumen podemos decir que se trata de un varón, en la treintena, de nacionalidad española, con contrato indefinido en el sector servicios, con una antigüedad laboral de unos dos años y medio y con un sueldo promedio de 1100 euros al mes.

Un 42,78% de los encuestados era soltero, por un 32,6% de casados y 12,9% separados o divorciados. El estudio también dice que el 38,05% de los contratos que se firman es para dos personas, frente al 23,8% que es de una sola persona y el 20,6% que es de tres.

En cuanto a los salarios, como hemos dicho, el promedio oscila alrededor de los 1.100 euros al mes. Según el estudio, el 35,26% de los encuestados tiene un sueldo entre los 10.000 y los 20.000 euros anuales. El 20,21% de los inquilinos tienen unos sueldos entre los 30.000 y los 40.000 euros y solo el 3,35% de las personas encuestadas afirma percibir sueldos igual o superiores a 50.000 euros anuales.

Otro factor importante a la hora de analizar el sector del alquiler en España es el factor determinante por el que un inquilino elige una vivienda y no otra, y ese factor determinante, o al menos el más valorado por los encuestados, es la cercanía del inmueble con su lugar de trabajo, sobre todo en grandes ciudades donde las distancias son grandes.

En cuanto al tiempo que tarda un inquilino en encontrar vivienda, el estudio concluye que necesita una media de unos 19 días para conseguir lo que está buscando y el medio más utilizado es a través de los portales de internet. La estancia media del inquilino una vez ha firmado el contrato de arrendamiento normalmente es superior a los dos años.

Pero este no es solo el principal perfil de inquilino que sobresale en España. Especialmente después de la crisis han aumentado el número de familias con niños que, ante la imposibilidad de comprar una vivienda, se han visto obligados a alquilar su vivienda habitual y buscar un inmueble más asequible para vivir. De esta forma se convierten en inquilinos y caseros a la vez.

Parece que la crisis está dando los últimos coletazos y sin duda las tendencias de alquiler en España irán cambiando. Estaremos muy atentos a los posibles cambios en los próximos meses y años.

Enlaces de interés:

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Cómo afecta el Euribor a las hipotecas

Euribor

No todo el mundo sabe exactamente qué es el Euribor. Quizá saben que afecta directamente a los importes que se deben pagar de la hipoteca pero no conocen su funcionamiento ni cómo pueden afectar las fluctuaciones a las cuotas mensuales de un alquiler seguro. Por tanto, lo primero es definir con exactitud.

Qué es el Euribor.

Se trata de un índice de referencia que nos indica el tipo de interés que pagan los bancos a la hora de prestarse dinero entre ellos dentro de la zona euro. Es decir, sería el porcentaje que paga un banco cuando otro le presta dinero. De ahí que las siglas de Euribor sean “European Inter Bank Offered Rate”, porque marca el interés de los préstamos entre entidades.
En realidad, no sólo es un tipo de interés, sino la media a la que se prestan los bancos europeos el dinero en un plazo determinado. El valor del Euribor se publica diariamente y el que se usa como índice de referencia en las hipotecas es la media mensual del Euribor a un año.

¿Por qué afecta a mi hipoteca?

En realidad, lo que marca las subidas y bajadas de una hipoteca no es solo el Euribor, que depende casi exclusivamente del mercado, el segundo indicador es el diferencial, que se firma con el banco en la concesión de la hipoteca y suele ser un parámetro fijo.
No olvidemos que el interés de una hipoteca puede ser fijo o variable, normalmente suele ser variable debido a los plazos de amortización tan amplios que se conceden en la actualidad. Entonces, para saber el tipo de interés que se aplica a una hipoteca hemos de sumar el índice de referencia utilizado, en este caso el Euribor, más el diferencial de cada hipoteca.

Cómo calcular los intereses de nuestra hipoteca

Vamos a poner un ejemplo. Si tenemos una hipoteca con un diferencial del 1,20% y el Euribor está en el 0,65%, tendremos que pagar un interés de un 1,85%. El Euribor se revisa cada seis meses por tanto, cuanto más bajo sea menos tendremos que pagar de hipoteca. Lo que ocurre es que el Euribor suele ser bastante impredecible, como cualquier otra variable económica. Es muy difícil aventurarse a predecir los valores futuros del Euribor, ya que pueden variar mucho en un corto plazo de tiempo.

Fluctuaciones del Euribor

En los últimos años, con la crisis económica, el Euribor se ha movido en registros muy bajos con la finalidad de que el crédito entre las entidades financieras y entre bancos y empresas pudiera fluir para reactivar la economía. Sin embargo, años atrás, el Euribor marcó hitos históricos llegando incluso hasta el 6% con el fin de detener el crédito excesivo que estaban concediendo los bancos a empresas y particulares.
Actualmente, aunque el Euribor viene de marcar mínimos importantes, está empezando a repuntar debido a la reactivación económica y el precio de las hipotecas está subiendo. Por tanto, a la hora de buscar un préstamo hipotecario para acceder una vivienda debemos tener siempre presente las fluctuaciones del Euribor para saber cómo afectará a los pagos mensuales de nuestra hipoteca.

Qué cubre un seguro de impago

Alquiler seguro

La principal preocupación de los propietarios a la hora de poner en alquiler su vivienda son los impagos. Antes se pedían avales bancarios, por ejemplo, pero ahora los profesionales del sector apuestan más por los seguros de impago que ofrecen las agencias que gestionan un alquiler seguro, que permiten acceder a una vivienda de alquiler a inquilinos que, aun siendo solventes, no disponían del dinero suficiente para un aval.

¿Cómo funcionan lo seguros de impagos?

En primer lugar hay que decir que el seguro de impagos funciona como un filtro para seleccionar al inquilino, ya que la compañía aseguradora hace un estudio previo del candidato para comprobar su solvencia económica. Cuando se firma el contrato de arrendamiento, el seguro suele cubrir el pago de hasta 12 mensualidades adeudadas y, en algunos casos, pueden adelantarse incluso los recibos impagados, pero eso depende de la aseguradora.
La mayoría de estos seguros ofrecen defensa jurídica a los propietarios en todo tipo de conflictos civiles o penales con el inquilino. También cubren los desperfectos de la vivienda y los posibles robos causados por el arrendatario.

El coste de los seguros de impagos

El coste de los seguros de impagos suele oscilar entre el 3% y el 5% de la renta anual del inmueble. Por ejemplo, en una vivienda de 700 euros mensuales, el seguro supondría un coste de entre 252 y 420 euros anuales.
Otro aspecto a reseñar es que el propietario debe notificar cuanto antes el impago a la agencia inmobiliaria para comenzar con las gestiones pertinentes que se inician por la vía amistosa con el inquilino y suele terminar con la demanda de desahucio. Si pasados 45 días desde el primer impago, el propietario no lo ha notificado, pierde el derecho al adelanto de las rentas impagadas.
Una vez cumplidos los tres meses de plazo de impagos, el asegurado puede solicitar a la aseguradora el adelanto de las rentas impagadas hasta ese momento y que excedan de la franquicia pactada al inicio del contrato.
Sin duda los seguros de impago son cada vez más aceptados por parte de los propietarios. Según OESA (Observatorio Español del Seguro del Alquiler), 6 de cada 10 propietarios exigen a sus inquinlinos otras garantías distintas a la fianza y este tipo de pólizas son las que más han crecido en el último año. Por lo que parece, los resultados están siendo muy buenos, ya que casi el 70% de los propietarios renueva su póliza de impagos. Las principales razones son las coberturas que ofrecen, el coste, el informe de solvencia del inquilino y la rapidez de respuesta ante el primer impago.